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Dos hermanos de Tarragona con orden de extradición se libran de la cárcel por «un sólido y justificado arraigo» en España

Requeridos por tráfico de drogas, la jueza debía decidir entre si decretar prisión provisional mientras se resuelve la petición de entrega o si, por el contrario, dejaba a los acusados en libertad con medidas privativas, que es la opción por la que ha optado

23 mayo 2025 19:10 | Actualizado a 24 mayo 2025 07:00
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Dos hermanos residentes en Tarragona tenían una orden de busca y captura por la Interpol y de extradición a Marruecos por un delito de tráfico de drogas investigado por la policía judicial del puerto de Tánger Med tras la incautación de 17.970, comprimidos psicotrópicas del tipo Rivotril y de 4 kilogramos de cocaína, encaletados en el interior de un tráiler para el transporte internacional de mercancías, procedente de España.

Ambos han quedado en libertad condicional por un «sólido y justificado arraigo en nuestro país», según la jueza del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional de Madrid, que es el que se encarga de las extradiciones. Por lo tanto, estas personas quedan libres –con algunas obligaciones como presentarse en sede judicial cada semana y entregar el pasaporte– a la espera de que se resuelva la solicitud de extradición.

Todo empezó con la detención de uno de los hermanos por falsedad en documento público (el DNI) y por usurpación de identidad. Una vez arrestado, la defensa justificó dicho «arraigo» que señala el auto judicial final para que el acusado no pasara a prisión provisional, sino que quedara en libertad con cargos.

Estas personas quedan libres –con algunas obligaciones– a la espera de que se resuelva la solicitud de extradición

A pesar de que Fiscalía pedía «la prisión provisional incondicional para asegurar la ejecución de la extradición», el auto señala que «atendidas las circunstancias concretas, el sólido y justificado arraigo en nuestro país del reclamado, queda suficientemente garantizada su disposición a la justicia». «El criterio del Juzgado [que estaba de guardia] estimó nuestra argumentación para que el cliente quedara en libertad», apuntan los abogados que han llevado el caso, José Maria Benito e Isaac González, del despacho tarraconense 8Penal Advocats.

Después de que uno de los hermanos quedara en libertad, su defensa le trasladó el caso al otro hermano, investigado también por obstrucción a la justicia, para recomendarle que se presentara voluntariamente en comisaría. No obstante, se mostró reticente, a sabiendas de la gran posibilidad de que terminara en prisión provisional. No se entregó, aunque finalmente también acabó detenido por un motivo idéntico al de su hermano: presentar un carné falso.

Fiscalía pedía «la prisión provisional incondicional para asegurar la ejecución de la extradición»

El proceso siguió el mismo curso que el otro: «Tratamos de aprovechar el precedente que había marcado el primer caso que habíamos ganado», indican Benito y González. Daba la casualidad de que el Juzgado Central de Instrucción nº 3 de Madrid volvía a estar de guardia esta semana, algo que desde la defensa se quiso aprovechar. La resolución fue idéntica al primer caso.

Las obligaciones que tienen ambos son la fijación de un teléfono y de un domicilio en España donde se les pueda localizar, la intervención inmediata del pasaporte y la comparecencia semanal ante el Juzgado de Instrucción de su municipio. «Son unas medidas que se podrían catalogar como ‘estrictas’ teniendo en cuenta que, normalmente, se obliga a la presencia en sede judicial cada dos semanas», comentan los abogados.

«Los juzgados siempre quieren tener la seguridad de que, cuando llamen a una persona en esta situación, esta se presente», José María Benito, abogado en el despacho 8Penal

Señalan que lo afrontaron todo con cierta desconfianza y resignación, ya que habían tenido «un caso previo en el que la persona reclamada había terminado en prisión provisional». Curiosamente, esa persona que acabó en la cárcel vivía junto a los dos hermanos que han quedado en libertad. Posteriormente, la Audiencia Nacional dictaminó su extradición, aunque el caso todavía no está resuelto al tener esta persona causas pendientes en España.

El sistema en España

«Los juzgados siempre quieren tener la seguridad de que, cuando llamen a una persona en esta situación, esta se presente», mantienen. Eso puede conseguirse o bien con la prisión provisional o con la libertad con medidas privativas, como ha sucedido en estos dos casos.

Lo normal es que se decrete prisión provisional inicialmente, pero siempre depende de la gravedad de los delitos y del potencial riesgo de fuga

Lo normal es que se decrete prisión provisional inicialmente, pero siempre depende de la gravedad de los delitos y del potencial riesgo de fuga. Las medidas cautelares alternativas pueden aparecer en el caso de que no haya indicios de evasión a la justicia o si la persona en cuestión tiene nacionalidad o residencia estable en el país. Los abogados puntualizan que «España es mucho más garantista que según qué país en la protección de derechos fundamentales», motivo por el que las personas con una orden tienden a temer la extradición.

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